20 enero

LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Oposiciones Cataluña 2018

Cataluña ha publicado los listados provisionales de admitidos y excluidos de los aspirantes que desean participar en los procesos selectivos de las Oposiciones de 2018.

El acceso a la consulta se realiza mediante el siguiente enlace de consulta.

Para acceder se requiere el número de identificación, que corresponde con el número personal de solicitud de cada aspirante (para más información contactar con Anpe Cataluña (teléfonos de contacto).

Plazo de reclamaciones: del 19 de enero al 1 de febrero

02 diciembre

RESUMEN CONVOCATORIA CATALUÑA MAESTROS 2018

Se publica, a 29 de noviembre de 2017, en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la Resolución de 21 de noviembre, de convocatoria de concurso oposición para el ingreso y acceso a la función pública docente y para la adquisición de nuevas especialidades, con 373 plazas para Maestros.

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 20 de diciembre, mediante la aplicación del Departamento de Enseñanza del Gobierno de Cataluña.

• Convocatoria Oposiciones 2018 Cataluña

Más información en: Gencat.cat / Ensenyament.gencat.cat

 

Plazas convocadas

Audición y lenguaje…….58

Música………………………..110

Inglés………………………….205

Solicitudes

A través de la página de Internet: ensenyament.gencat.cat / Profesores / Oposiciones / Ingreso y acceso a cuerpos docentes, los aspirantes tienen a su disposición la solicitud que han de formalizar mediante procedimiento telemático.

La solicitud se considerará presentada y registrada ante la Administración en el momento en que sea enviada por vía telemática.

El aspirante, una vez realizada la tramitación telemática, recibe un correo electrónico de confirmación donde está el identificador de la solicitud. Este correo electrónico es la confirmación de la presentación telemática.

Asimismo, también se considera presentada ante la Administración la solicitud en papel que se presente en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Exentos de la prueba oral y escrita de la lengua catalana

Los aspirantes que posean alguno de los requisitos para quedar exentos de la prueba oral y escrita de la lengua catalana a que se hace referencia en la base 6.3 deberán indicar en el apartado correspondiente de la solicitud la denominación del documento acreditativo correspondiente, para poder quedar exentos de la realización de esta prueba.

Al hacer la presentación telemática de la solicitud, el Departamento de Enseñanza comprueba en su registro informático si consta la acreditación de estar exento de la prueba de lengua catalana.

Forma de pago

El pago de los derechos de participación se debe hacer de manera presencial en cualquiera de las oficinas de CaixaBank, “la Caixa” o mediante transacción electrónica.

También se puede hacer el pago con tarjeta de crédito o de débito de cualquier entidad bancaria, mediante transacción electrónica a través de la página de Internet: ensenyament.gencat.cat / Profesores / Oposiciones / Ingreso y acceso a cuerpos docentes, oa través de los terminales ServiCaixa.

El pago debe hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin sobrepasar la fecha que consta en la carta de pago.

Publicidad de los criterios de corrección

Las comisiones de selección harán públicos los criterios de corrección de las pruebas de la fase de oposición en los tablones de anuncios el lugar donde se celebre el proceso selectivo, al menos con una semana de antelación al inicio de las pruebas y también a través de la página de Internet: ensenyament.gencat.cat / Profesores / Oposiciones / Ingreso y acceso a cuerpos docentes.

Inicio del procedimiento selectivo

El procedimiento selectivo se iniciará durante el mes de abril del año 2018. La fecha de inicio se hará pública por resolución de la Dirección General de Profesorado y Personal de Centros Públicos con una antelación mínima de un mes al comienzo de las pruebas.

Contenido de la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 244/1991, de 28 de octubre, sobre el conocimiento de las dos lenguas oficiales para la provisión de puestos de trabajo docentes de los centros públicos de enseñanza no universitaria de Cataluña, dependientes del Departamento de Enseñanza, en los procedimientos de ingreso y de acceso a los aspirantes deberán acreditar el conocimiento, tanto en la expresión oral como en la escrita, de las dos lenguas oficiales en Cataluña mediante una prueba de carácter eliminatorio.

En cuanto al catalán, la prueba escrita consiste en la elaboración de un texto formal de un mínimo de doscientas palabras sobre un tema relacionado con la práctica docente o con aspectos didácticos de la especialidad correspondiente y de la contestación de preguntas concretas que permitan demostrar que el examinando tiene un buen dominio del sistema lingüístico y que sabe usar con corrección y precisión las formas, las estructuras y el vocabulario de la lengua catalana. En cuanto a la lengua oral, habrá que leer el texto hecho en la prueba escrita y hacer una exposición en registro formal sobre un tema relacionado con la docencia. Para obtener la calificación de apto, hay que superar las dos pruebas.

Exentos de la prueba oral y escrita de lengua catalana

En este sentido, los aspirantes que en convocatorias realizadas en Cataluña a partir de 1989 para el cuerpo de maestros y de 1991 para el resto de cuerpos, ya estuvieron exentos de lengua catalana o aptos de la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña no es necesario que acrediten el requisito de exención, ya que esta información consta en el registro informático de personal docente del Departamento de Enseñanza.

También quedan exentos los que tengan el Certificado de Suficiencia del catalán C1.

Igualmente se convalidan según la Orden VCP/491/2009 los que tengan el grado mitjá de conocimiento de valenciá o el C1 de suficiencia.

Pruebas de la fase de oposición

La fase de oposición consta de dos pruebas eliminatorias. Su superación permite al aspirante pasar a la fase de concurso.

6.4.1.1 PRIMERA PRUEBA.

Tiene por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y consta de dos partes que son valoradas de manera conjunta.

Parte A) de la primera prueba: prueba práctica

Se debe realizar una prueba práctica que permita comprobar que los aspirantes tienen la formación científica y el dominio de las habilidades instrumentales o técnicas correspondientes a la especialidad a que se opta, así como la capacidad para construir las adecuadas situaciones de aprendizaje que promuevan el logro de las competencias por parte de los alumnos.

Para la realización de la prueba práctica el aspirante debe llevar los utensilios o elementos indicados previamente en el tablón de anuncios.

 

Especificaciones, pautas y criterios para la realización del ejercicio de carácter práctico de inglés:

La prueba consistirá en la resolución de un supuesto práctico y contextualizado, elegido por el aspirante, entre tres que le presentará el tribunal.

La resolución del supuesto comportará resolver, explicar y justificar oralmente, en inglés, el supuesto práctico escogido que desarrolle los diferentes ámbitos de intervención del maestro especialista en el centro:

Actuaciones específicas de aprendizaje orientadas al desarrollo de la competencia comunicativa y lingüística del alumnado a partir de situaciones comunicativas contextualizadas.

La comunicación por parte del docente debe ser en la lengua que el alumnado aprende. Se debe promover que la lengua de uso en el aula sea la lengua que se está aprendiendo

Esta prueba también evaluará la competencia comunicativa en lengua inglesa del aspirante.

Habrá que poner ejemplos de la atención a la diversidad en relación con el grupo-clase o centrándose en alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Duración: Tiempo máximo de 3 horas.

 

Parte B) de la primera prueba: desarrollo de un tema

Consiste en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  1. a) En las especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se debe elegir de entre dos temas.
  2. b) En las especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51 temas, se debe elegir de entre tres temas.
  3. c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se debe elegir de entre cuatro temas.

El tiempo que se dispone para su realización es de dos horas,

Tanto en la parte A) como en la B) de la primera prueba los ejercicios deben ser leídos por los propios tribunales y en su corrección se debe garantizar el anonimato de los aspirantes, excepto en algunas especialidades donde la prueba práctica se disponga que no sea escrita, debido a la propia naturaleza de estas especialidades. En consecuencia, se debe invalidar el ejercicio escrito que incluya nombres, marcas o cualquier señal que pueda identificar el aspirante, así como aquel ejercicio que resulte ilegible. Por este motivo, para la realización de estas pruebas escritas se debe utilizar un bolígrafo de tinta azul o negra y seguir las instrucciones que este efecto den los tribunales.

Cuando se disponga que la prueba práctica (parte A) no sea escrita, los tribunales deben convocar a los aspirantes a la lectura pública ante el tribunal del tema de la parte B), ya que la primera prueba no es anónima.

El total de la primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos, el cual se desglosa en 7 puntos en la parte A y en 3 puntos en la parte B.

Para superar esta primera prueba los aspirantes deberán obtener una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo este el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las partes A) y B), ponderadas de la siguiente manera:

-La parte A) se valora de 0 a 10 puntos y le corresponde el 70% de puntuación del total de la prueba.

-La parte B) se valora de 0 a 10 puntos y le corresponde el 30% de puntuación del total de la prueba.

Para superar cada una de las dos partes se ha de obtener una puntuación mínima de 2,5 puntos en cada una de ellas y así, cuando se superen, poder aplicar la ponderación correspondiente.

La superación de esta prueba permite al aspirante pasar a la segunda prueba.

 

6.4.1.2 SEGUNDA PRUEBA

Tiene por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consiste en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. Para la evaluación de esta prueba los tribunales deben tener en cuenta las pautas y criterios mencionados en la base 5.11.

Parte A) de la segunda prueba: programación didáctica

Presentación de una programación didáctica que debe incluir la planificación del curriculum de un ámbito, área, materia, crédito, módulo profesional, nivel o asignatura relacionada con la especialidad para la que se participa, en la que se han especificar, al menos, los objetivos, las competencias, las capacidades o los resultados de aprendizaje que se desarrollan, los contenidos, los criterios de evaluación, la metodología, la distribución temporal y el agrupamiento de alumnos, así como las medidas y apoyos adicionales o intensivos que se prevén utilizar para la atención a la diversidad. Esta programación se corresponde con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en que el profesorado de la especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

Los aspirantes han de entregar la mencionada programación al tribunal en el acto de presentación. Posteriormente, esta programación se debe presentar y defender ante el tribunal en el momento en que el aspirante sea convocado al efecto.

La programación didáctica hará referencia al currículo vigente en Cataluña de un ámbito, área, materia, crédito, módulo profesional, nivel o asignatura o módulo profesional relacionados con la especialidad para la que se participa, y contendrá, al menos , los objetivos, las competencias o capacidades, o resultados de aprendizaje que se desarrollan, los contenidos, los criterios de evaluación, la metodología, incluyendo el uso pertinente de las tecnologías de la información y de la comunicación, la enfoque globalizador con otras áreas relacionadas y la distribución temporal, así como las medidas y apoyos adicionales o intensivos que se prevén utilizar para la atención a la diversidad, referidas a la programación que se presenta.

La programación incluye el desarrollo de un esquema de cada una de las unidades didácticas, que también se pueden presentar como proyecto, correspondientes a un curso escolar, que como mínimo tienen que ser 6.

La programación didáctica, que debe tener carácter personal, debe ser elaborada de forma individual por el aspirante y tener una extensión máxima de 60 hojas, sin contabilizar en esta cifra los anexos, en formato DIN-A4, escritos por una sola cara, de un interlineado de 1,5 o 2 espacios, y con un cuerpo de letra de 12 puntos, sin comprimir. Debe tener una portada con los datos de identificación del aspirante y el cuerpo y la especialidad por los que se presenta e incluir un índice en el que se relacione la secuencia numerada de las unidades didácticas o las actividades de enseñanza aprendizaje de que consta.

Se entiende por anexos tanto el material didáctico propuesto en las unidades didácticas o las actividades de enseñanza-aprendizaje, como las pruebas o instrumentos de evaluación, los instrumentos organizativos o cualquier otra documentación que no forme parte del cuerpo principal de la programación. En el caso de utilizar tablas, el cuerpo de la letra podrá reducirse a 9 puntos, sin comprimir.

El referente temporal de las unidades didácticas o las actividades de enseñanza-aprendizaje se puede llevar a cabo de forma continuada en el tiempo o en diferentes momentos del curso.

 

Parte B) de la segunda prueba: unidad didáctica

La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica, puede estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso el aspirante debe elegir la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.

En la exposición de la unidad didáctica deberán concretarse, al menos, los objetivos de aprendizaje, las competencias o capacidades que se desarrollan, los contenidos, las actividades de enseñanza y de aprendizaje y los aspectos organizativos y metodológicos básicos, las actuaciones en relación a la orientación educativa, la evaluación, la temporización y las conexiones con otras áreas, así como las estrategias de atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo. Su preparación se ajustará a lo dispuesto en el anexo 5.

En la exposición de la actividad de enseñanza-aprendizaje se deben concretar, al menos, los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación y los contenidos que se desarrollan. También hay que definir los aspectos organizativos y metodológicos básicos, y la evaluación prevista. Su preparación se ajustará a lo dispuesto en el anexo 4.

Para la exposición de la unidad didáctica, el aspirante puede utilizar el material auxiliar que considere oportuno, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal en el momento de finalizar la exposición.

El material auxiliar que utilice el aspirante deberá aportar él mismo el día que haga la exposición de la unidad didáctica.

Los aspirantes han de concretar la unidad didáctica desarrollando, al menos, los objetivos de aprendizaje que se pretenden alcanzar, las competencias o capacidades que se desarrollan, los contenidos, la descripción de las actividades de enseñanza y de aprendizaje, la selección y la uso de los recursos didácticos, la gestión del alumnado, del tiempo y del espacio y otros aspectos organizativos y metodológicos, los criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y la relación con otros ámbito, área, materia, crédito, módulo profesional, nivel o asignatura, así como las medidas y apoyos adicionales o intensivos que se prevén utilizar para la atención a la diversidad. Se prestará especial atención a la coherencia de todos los elementos de la unidad didáctica con las actividades de enseñanza y de aprendizaje programadas.

En el global de esta segunda prueba el aspirante dispone de un periodo máximo de 45 minutos para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal, con la siguiente distribución máxima del tiempo disponible: 20 minutos para la defensa oral de la programación; 20 minutos para la exposición oral de la unidad didáctica, en su caso, y 5 minutos para el debate ante el tribunal, en el que éste puede plantear preguntas o cuestiones al candidato en relación con el contenido de su intervención y la contextualización en situaciones concretas de aula o de contenido práctico.

Esta segunda prueba se valora globalmente de cero a diez puntos. Para su superación los aspirantes deberán obtener una puntuación igual o superior a cinco puntos.

Para la especialidad de lengua extranjera inglés

El objetivo de la prueba es comprobar la capacidad del aspirante en el uso de la lengua inglesa como herramienta educativa.

La programación consistirá en un plan de actuación propio de la especialidad, tomando como referencia las funciones atribuidas a los maestros de esta especialidad en la resolución de la secretaria general relativa a los Documentos para la organización y la gestión de los centros: Personal docente de los centros públicos de educación infantil y primaria y de educación especial . Deberá contener, necesariamente, las competencias, los objetivos, los contenidos, las actividades de aprendizaje, las orientaciones metodológicas (los materiales y / o recursos, la temporización y las medidas personalizadas para atender la diversidad) y las orientaciones para la evaluación (los criterios y los instrumentos que permiten valorar el logro de las competencias propias del ámbito lingüístico,

Esta programación deberá organizarse en unidades didácticas con un número de estas no inferior a 6.

Normativa de ordenación curricular de primaria

Decreto 119/2015 , de 23 de junio, de ordenación de las enseñanzas de la educación primaria.

Orden ENS / 164/2016 , de 14 de junio, por la que se determinan el procedimiento y los documentos y requisitos formales del proceso de evaluación en la educación primaria.

Decreto 150/2017, de 17 de octubre, de la atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo.

Resolución de 22 de junio de 2017 , por la que se aprueban los documentos para la organización y la gestión de los centros para el curso 2017 hasta 2018